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Convocadas las ayudas para atender situaciones de extrema necesidad de miembros de Colectividades Vascas

26/05/2010

La Resolución de 19 de mayo de 2010 publicada ayer en el Boletín Oficial del País Vasco (foto EuskalKultura.com)
La Resolución de 19 de mayo de 2010 publicada ayer en el Boletín Oficial del País Vasco (foto EuskalKultura.com)

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El Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) publicó en su edición de ayer la convocatoria de 2010 para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero. Se trata de ayudas por un importe total de 207.854 euros, exactamente la misma cantidad de la convocatoria del pasado año. Las ayudas se tramitan a través de los centros vascos de la zona o país en que reside la persona en situación de necesidad. La fecha límite para la presentación de solicitudes [no para los interesados, que será una fecha anterior, sino para los centros vascos] será el 28 de junio de 2010. Detalles y más información en el siguiente artículo.

Vitoria-Gasteiz. El Boletín Oficial del País Vasco de ayer martes 25 de mayo publicaba la Disposición 2648 de Presidencia de Gobierno con la Resolución de 19 de mayo de 2010 del Secretario General de Acción Exterior convocando "prestaciones económicas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero, para el año 2010".

Se trata de una convocatoria dirigida a las euskal etxeas, que son quienes tramitan las solicitudes de las personas que se hallen en esa situación dentro del ámbito geográfico de su influencia. Las personas particulares pertenecientes a Colectividades Vascas que deseen solicitar la ayuda deberán por tanto dirigirse a la euskal etxea más cercana de su ciudad o país, al objeto de tramitar la solicitud. Se recuerda que deberán efectuar todo ello sin dilación, puesto que la fecha límite [para los centros vascos] de acogerse a la convocatoria finaliza el día 28 de junio. Los particulares deberán por tanto presentar sus solicitudes y realizar su tramitación ante el centro vasco con suficiente margen y, desde luego, con anterioridad a esa fecha.

La normativa que regula la convocatoria es la siguiente:

-Resolución de 19 de mayo de 2010 del Secretario General de Acción Exterior, por la que se convocan prestaciones económicas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero, para el año 2010.

-Decreto 222/2003 de 30 de septiembre, por el que se regula el régimen de prestaciones económicas a Centros Vascos para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas pertenecientes a las Colectividades Vascas en el extranjero (BOPV nº 198, de 10 de octubre)

Si bien a la hora de redactar esta información la página web de la Dirección para los Ciudadanos y las Colectividades Vascas en el Exterior no recoge aún los detalles de la convocatoria de este año y de su tramitación, es de prever que la persona encargada de su recepción sea Miren Astola (euskaletxeak@ej-gv.es), tel: (34) 945 018127, fax: 945 018158.

Documentos a aportar:

a) Impreso de solicitud oficial, firmado por la personas interesada, su tutor/a o representante legal, y avalado por el Centro Vasco

b) Certificado de los ingresos económicos anuales de la unidad familiar o, en caso de imposibilidad de presentarlo, una declaración jurada, avalada por la autoridad competente

c) Informe de los valores inmuebles que posea la unidad familiar

d) Acreditación de la pertenencia a la Colectividad Vasca

e) Informe sobre la situación de la persona interesada emitido por el Centro Vasco al que corresponde la tramitación de su solicitud

f) Presupuesto de los conceptos de gasto para los que solicita la ayuda económica

g) Las solicitudes realizadas para ayudas sanitarias deberán aportar el/los certificado(s) médico(s), exponentes de la situación sanitaria y justificantes de la situación de extrema necesidad y/o de los gastos que ocasiona la asistencia sanitaria

Para más detalles, revisar la convocatoria en la Resolución y Decreto mencionados más arriba en esta información o contactar con el Gobierno Vasco en la dirección de correo, teléfono o fax facilitados.

Enlaces complementarios

-La convocatoria de 2009 en la web de la Dirección para los Ciudadanos y las Colectividades Vascas en el Exterior (información orientativa, que se actualizará en cualquier momento y pasará a reflejar los detalles de la convocatoria de 2010)



Comentarios

  • AYUDAS EXTRAORDINARIAS DEL GOBIERNO VASCO

    Hola...tengo el agrado de dirigirme a Ud/s a los efectos de elevar la siguiente inquietud: Mi esposo nacido en San Sebastian (Quipuzcoa) falleció hace cuatro años..al momento de su fallecimiento estaba percibiendo la pensión asistencial que concede el gobierno de España y tramitando la pensión de los niños de la guerra.quedé en un gran estado de desamparo pues mi jubilación mínima no alcanza para nada más conociendo la terrible situación económica que se vive en Argentina agravada por mi condición de salud extremadamente precaria ya que durante este año fue intervenida quirúrgicamente del corazón lo que requiere el suministro de medicamente muy costosos que no cubre en su totalidad el Pami..Bien ..me comuniqué con las autoridades del centro vasco de Mar del Plata, una persona tal vez su titular...me confirmó que estás ayudas estaban vigentes pero que los trámites había que hacerlos en marzo del 2011..sugiriendo que debía afiliarme a dicha institución adelantando el pago de seis cuotas por el valor de 12 pesos aproximadamente lo que daba a entender que para que ellos tramitaran esas ayudas yo debía como condición previa afiliarme al centro vasco de Mar del Plata...caso contrario no se molestaban..eso es correcto?. Hace algunos años..cuando mi esposo vivía..también solicitamos una ayuda que en esa época estaba vigente...transcurrió unos meses y cuando llamamos por segunda vez saben cuál fue la respuesta que se nos dió? que la ayuda había llegado a la Argentina pero como no alcanzó para todos (los vascos naturalmente) se la dieron a Caritas.. Mi pregunta es la siguiente: las ayudas del gobierno vasco están legisladas...contempladas por ley...pero....una vez concedidas al solicitante...los centros vascos comprometidos en esta campaña realmente la entregan?..son muchos requisitos los que exigen lo que demandan gastos de papeles y pérdida de tiempo...como para que el esfuerzo quede reducido a cenizas con una respuesta como la señalada anteriormente.. Reitero_ NO DEBERÍA PONER COMO CONDICIÓN DE RECIBIR ESTAS AYUDAS AFILIARSE AL CENTRO VASCO PORQUE SI SE ESTÁN SOLCITANDO LAS MISMAS ES DEBIDO A LA PRECARIA SITUACIÓN ECONÓNICA DE QUIEN LA TRAMITA Y CREO QUE EL PAGO DE SEIS CUOTAS JUINTAS EN RAZÓN DE 12 PESOS CADA UNA ES UN ABUSO Y FALTA DE RESPETO..COMO DANDO A ENTENDER QUE SI NO ME AFILIO A SU INSTITUCIÓN ME QUEDO SIN EL BENEFICIO DE LA AYUDA..ME ENCANTARÍA AFILIARME PERO NO TENGO MEDIOS PARA HACERLO ..NO EN ESTE MOMENTO... Esperando una solución al respecto y me detallen los requisitos a cumplimentar les hago llegar un saludo muy cordial. Sra. c.c

    sandy, 24/11/2010 12:52

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