euskalkultura.eus

diáspora y cultura vasca

Noticias rss

Se oficializa la utilización del euskera en los documentos e inscripciones a realizar en el Registro Civil español

01/07/2005

La página web de la Administración de Justicia de la CAV ofrece modelos de certificados en euskera. La Comunidad Foral Navarra aún no.
La página web de la Administración de Justicia de la CAV ofrece modelos de certificados en euskera. La Comunidad Foral Navarra aún no.

PUBLICIDAD

A partir de ahora las inscripciones y asientos en el Registro Civil español podrán ser realizados en euskera y documentos como partidas de nacimiento y certificados de matrimonio o de defunción ser solicitadas en esta lengua, en virtud de la nueva ley 12/2005, publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado 23 de junio. En el caso de la presentación de documentos bilingües, en euskera y castellano, la ley permitirá que quien solicite el registro decida en cuál de los dos idiomas se realizará la inscripción. La nueva ley entrará en vigor la semana que viene.
A partir de la semana que viene los ciudadanos vascos podrán inscribir partidas de nacimiento, matrimonio o defunción en euskera en el Registro Civil español. Así lo prevé al menos un cambio legislativo. Para ello los documentos originales presentados en el registro deberán cumplir un requisito: estar escritos en euskera, o en su defecto en euskera y castellano. En este último caso, quien presente la documentación podrá decidir en cuál de los dos idiomas realizar el registro.

Este cambio posible gracias a la ley 12/2005, publicada el pasado 23 de junio en el Boletín Oficial del Estado, que modifica la ley que regula el Registro Civil. El articulado de la ley incluye un nuevo parrafo, que reza: 'Los asientos se realizarán en lengua castellana o en la lengua oficial propia de la Comunidad Autónoma en que radique el Registro Civil, según la lengua en la que esté redactado el documento o se realice la manifestación. Si el documento es bilingüe, se realizarán en la lengua indicada por quien lo presente al registro. Todo ello, siempre que la legislación lingüística de la Comunidad Autónoma prevea la posibilidad de redacción de los asientos de los registros públicos en idioma cooficial distinto del castellano.'


Enlaces relacionados

Texto original publicado en el BOE
En www.boe.e

Portal de la Administración en Justicia de Euskadi
En www.justizia.net


« anterior
siguiente »

© 2014 - 2019 Basque Heritage Elkartea

Bera Bera 73
20009 Donostia / San Sebastián
Tel: (+34) 943 316170
Email: info@euskalkultura.eus

jaurlaritza gipuzkoa bizkaia